Brasil

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FUENTES ADICIONALES

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Introducción

Brasil es un país de América del Sur y una potencia mundial emergente, teniendo la ecomonía latina más importante. Desde 1500 hasta 1822 fue colonia portuguesa y en 1889 se convirtió en República. Luego de la asunción al poder del lider populista Getúlio Vargas, en 1930, el país vivió varios periódos de populismo y golpes de Estado. La dictadura militar de 1964 hasta 1985, tuvo como saldo un alto número de desapariciones forzosas entre otras tantas violaciones a los Derechos Humanos. Actualmente, muchos de esos casos siguen sin ser resueltos. En 1985, el régimen militar transfirió pacíficamente el poder a un gobierno civil y en 1989 fue elegido Fernando Collor de Mello como presidente. Desde el 1 de Enero de 2011, la actual presidente es Dilpa Rousseff, un miembro del gobierno del presidente Lula (2003-2010) y primer mujer presidente del país. Más allá de sus abundantes recursos naturales y de su economía creciente, todavía existen problemas como fuertes inequidades económicas, violaciones de derechos humanos y aumento del crimen, factor que afectan al desarrollo del país. En 2010, un estimativo del 28,8% de la población vivía bajo la linea de pobreza. [1] Brasil también lucha en forma intensa contra el tráfico ilegal de narcóticos y el crecimiento de la adicción interna a las drogas (por lo general cocaína traída de Colombia, Bolivia y Perú).

Tipo de Sistema

Brasil es una república federal que opera bajo el sistema de derecho civil. Sus leyes generalmente están basadas en estatutos y códigos reglamentados por la legislatura federal, provinciales y municipales. Su constitución(Constituição da República Federativa do Brasil – C.F.) establece tres poderes centrales: el judicial, el legislativo y el ejecutivo. [2] El Judicial incluye los siguientes tribunales: la Corte Suprema Federal (tribunal más importante), El Tribunal Superior de Justicia, El tribunal de Justicia Federal, el Tribunal de Justicia Laboral, el Tribunal de Justicia Electoral, el Tribunal de Justicia Militar y los Tribunales Provinciales. [3] . El control administrativo, funcional y financiero de los tribunales está a cargo del Consejo Nacional de Justicia.[4]

Sources of Defendant's Rights

El artículo 5 de la constitución brasilera asegura el derecho a una defensa completa y a un abogado. El Estado provee de asistencia legal en el caso en el cual el individuo no pueda pagarlo. Y a su vez está garantizado el derecho a un doble instancia judicial. [5] El 12 de enero de 1994, se aprobó la Ley Complementaria n. 80, la cual obliga a establecer, en cada provincia, una oficina de asistencia judicial gratuita. [6]

Derechos de Acusado

Fase Previa al Proceso El art. 5 de la constitución garantiza la asistencia letrada gratuita cuando el acusado no tiene medios económicos para procurársela. Este principio está regulado en el artículo 32 del Código Procesal penal, el cual determina que es el juez quien nombra al abogado. A su vez, nadie puede ser llevado a juicio sin tener asistencia legal. [7] y el juez debe asignar a un abogado, salvo que el acusado manifieste inequívocamente su voluntad a la auto defensa. [8] Según el artículo 264 del Código Procesal, los abogados nominados por el juez para representar al acusado deben aceptar el caso, en caso contrario puede serle impuesta una multa. Una vez que el acusado haya sido claramente informado de los cargos en su contra, el juez debe informarle su derecho a mantener silencio y a no responder ninguna pregunta. Este silencio no puede ser utilizado en contra del acusado. [9] .

Proceso Penal El artículo 185 del Código Procesal Penal también admite la posibilidad para el juez de interrogar al acusado por medio de video conferencia y otra tecnología si el acusado tiene reales dificultades para presentarse en el tribunal. Éste método es también utilizado cuando hay un serio riego de seguridad pública si se transporta al acusado. El Código Procesal determina que cada interrogatorio debe consistir en 2 partes: información personal del acusado y los casos específicos de caso. [10] Si hay más de un acusado, el Código Procesal reglamente que deben ser interrogados en forma separada.[11] Si el acusado no habla portugués (idioma oficial del país), la corte debe proveerle de un intérprete, según el art. 193 del Código Procesal.


Ver Sistemas de Justicia Penal

Referencias

  1. IPEA (Instituto de Pesquisa Econômica Aplicada), Comunicados do Ipea, n° 58 : Dimensão, evolução e projeção por região e por estado no Brasil, 13 de julho de 2010.
  2. Article 2nd of the Brazilian Constitution.
  3. Article 92 of the Brazilian Constitution.
  4. Article 103-B of the Brazilian Constitution.
  5. Article 5, LV, LXXIV and LIV of the Brazilian Constitution.
  6. http://www.planalto.gov.br/ccivil_03/Leis/LCP/Lcp80.htm.
  7. Art. 261 Código Procesal Penal
  8. Art. 263 Código Procesal Penal.
  9. Art 186 Código Procesal Penal.
  10. Art. 187 Código Procesal Penal.
  11. Art. 191 Código Procesal Penal.