Myanmar/es

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FUENTES LEGALES

FUENTES ADICIONALES

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Introducción

Desde 1989, las autoridades militares gobernando Burma cambiaron el nombre de su país por Myamar. Está compuesta de 7 divisiones y 7 estados. Su capital es Nay Pyi Taw y la ciudad más grande es Rangoon. Inglaterra controló el país por 62 años (1824-1886) y la incorporó dentro del imperio indio. Myanmar se independizó el 4 de enero de 1948. En 1998 una revuelta popular fue violentamente reprimida y no se volvieron a ver manifestaciones hasta el 2007 cuando una manifestación por la calidad de vida consiguió el apoyo popular. El Nobel por la Paz y líder pro-democrático, Aung San Suu Kyi, tiene su movilidad física reducida desde la década del 80. Su partido, la Liga Nacional por la Democracia (NLD) en 1990 ganó las primeras elecciones multipartidarias en 30 años, pero nunca se le permitió gobernar. Las últimas elecciones fueron en noviembre de 2010 pero fueron boicoteadas por el NLD. Las empresas militares controlan los puntos estratégicos de la industria. La corrupción y la mala administración produjeron una economía basada en el mercado negro. Las ofensivas militares contra los insurgentes ha afectado a miles de civiles. Los generales y el ejercito son acusado de graves violaciones de derechos humanos, como los desplazamientos obligatorios de civiles, el uso de trabajos forzosos, incluyendo a niños.

Tipo de Sistema

Está basado en el common law inglés aunque no hay garantías a un juicio ni justo ni público y el poder judicial no es independiente del ejecutivo. Según los artículos 18 y 293 de la Constitución, el poder judicial está formado por la Corte Suprema, los Altos Tribunales de las Regiones, los Altos Tribunales de los estados, los Tribunales de las Divisiones autoadministadas, los Tribunales de las Zonas autoadministradas, los Tribunales de Distrito, los tribunales Municipales, los Tribunales Militares y el Tribunal Constitucional. El artículo 44.4 del Código Procesal determina que una ofensa incluye a un acto cometido en cualquier lugar de la unión.

Fuentes de los Derechos del Acusado

Se encuentran en la Constitución y en el Código Procesal. La primera fue aprobada el 3 de enero de 1974 pero ha estado suspendida desde el 18 de septiembre de 1988. El nuevo texto recibió, oficialmente, un 92,48% de apoyo en un referendum de mayo del 2008 pero la mayoría de los observadores internacionales creen que ha habido fraude. El documento contiene diferentes principios relacionados al sistema penal como los principios de legalidad, de igualdad ante la ley, de prohibición de leyes ex posto facto, de non bis in idem, de que ninguna pena debe violar la dignidad humana; y los derecho a un abogado y a la libertad. El código procesal fue elaborado en 1898 pero no contiene ninguno de los derechos garantizados por la constitución.

Derechos del Acusado

Período Previo al Proceso Penal

El proceso regular para un arresto es por medio de una orden judicial, sin embargo son numerosos los casos en los cuales se puede realizar sin ella. La policía u otra persona que ejecute una orden de arresto debe notificar y mostrar la orden. A su vez es necesaria para los allanamientos. Si un policía realiza el arresto sin orden, debe llegar al sujeto ante el oficial a cargo de la estación policial, sin un retrazo innecesario. La detención no puede ser superior a lo razonable según las circunstancias. En todo caso, si no hay una orden especial judicial, el período no puede ser superior a las 24 horas. La detención no debe exceder los 30 días cuando una persona es acusado de un delito condenable, al menos, con 7 años de prisión. No puede durar más de 15 días si la pena es, al máximo, de 7 años. La detención preventiva no tiene plazo. En caso de confesiones, la sección 164.3 del código procesal requiere que, antes de registrarla, un juez debe informarle al sujeto que no está obligado a confesar y que si lo hace la misma será utilizada en su contra. A su vez, el juez no puede registrar la confesión si tiene motivos para creer que no ha sido hecho voluntariamente. Los capítulos XXXIX y XLII del código procesal regula la fianza.

Proceso Penal

Los proceso penales comienzo con una denuncia, el reporte policial, información recibida por cualquier ciudadano, si el juez considera que hay motivos válidos. Luego de presentar los cargos, el juez debe leerlos y explicárselos al acusado para luego escuchar al acusado y analizar las pruebas. El acusado puede re-examinar a los testigos del fiscal y puede presentar pruebas a su favor. Durante el proceso y la investigación, el tribunal puede interrogar al acusado si lo considera necesario. El acuoso se puede negar a responder o puede mentir, pero el tribunal y el jurado (si existe) puede considerar negativamente éstas acciones. Los juicios ante los Altos Tribunales y los Tribunales de Sesiones están integrados por jurados.

Período Posterior al Proceso Penal

Pueden ser apeladas las cuestiones de hecho y las de derechos, salvo que el juicio haya sido por jurado, en los cuales sólo se puede apelar las cuestiones de derecho. Se puede apelar al Tribunal de Distrito una decisión o sentencia de un magistrado de segundo grado, una decisión o sentencia de un tribunal sub-divisional de segundo grado. Quien han sido condenadas por un tribunal de sesiones, un tribunal de distrito y otro tribunal de primar grado, puede apelar a la Corte de Sesiones. Ésta decisión puede ser apelada al Ato Tribunal. La sección 435 del código procesal da la posibilidad, al Alto Tribunal, a cualquier juez de sesiones, al Tribunal de Distrito, o a cualquier magistrado credo por el Presidente, a examinar los registros de todos los procedimientos de los tribunales inferiores, dentro de los límites de su jurisdicción para satisfacer a la corrección y la legalidad de la sentencia.


Ver Sistemas de Justicia Penal

DATOS INTERESANTES

  • Hay 60,053 personas privadas de la libertad y el 10,8% son por detención preventiva (según datos del 2009)