Japón

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FUENTES ADICIONALES

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Introducción

El actual país fue formado en 1945 luego de que las Fuerzas Aliadas derrotaron a Japón durante la II Guerra Mundial. Luego de la guerra fue controlado por USA y el 3 de mayo de 1947 entró en vigor la constitución creando un gobierno democrático. Japón es un país hegemónico con el 99% de japoneses. Está formado por una serie de islas que fueron unificadas en 1590. Actualmente tiene una población de 127.000.000 personas. El sistema penal es conocido por tener uno de las mayores tasas de convictos en Asía. Más allá de las provisiones constitucionales que prohíben la tortura, las confesiones forzosas son normales. Muchos convictos fueron condenados con la confesión como unica evidencia.

Fuentes de los Derechos del Acusado

El sistema penal es en su mayoría inquisitivo y se basa en el sistema civil donde el juezo juega un papel fundamental en la investigación y en el juicio. Los art. 31-40 de la Constitución enumera varios derechos del acusado, los cuales son interpretados por la Corte Suprema.

Derechos del Acusado

Los acusados deben ser notificados sobre los cargos en su contra [1] y tienen derecho a un abogado al momento del arresto. [2]

El acusado tiene derecho a guardar silencia. En el caso de ser interrogado, el sospechoso debe ser previamente notificado que no está obligado a declarar contra su voluntad "[3]

Período Previo al Proceso Penal

Para llevar a cabo un arresto es necesario una orden emitida por un oficial judicial competente. En caso serios, la policía puede hacerlo aún sin orden. Sin embargo, debe ser obtenida inmediatamente después del arresto. La orden debe especificar el crimen. Según el art 34 de la Constitución no se permite extender la detención preventiva y el arrestado debe ser llevado frente al tribunal si lo desea. La policía tiene 48 horas para armar el caso para presentarlo al fiscal.[4] Luego éste tiene 24 para decidir si continúa o no el proceso. [5] Si lo continúa, el acusado debe ser llevado ante un tribunal. Los allanamientos también requieren orden judicial. Según el Art 36 de la Constitución la implantación de tortura u otro castigo cruel están absolutamente prohibidos. [6]

Proceso Penal

Desde 1943 no existe juicio por jurado. Actualmente, la mayoría de los casos son tratados ante uno o 3 jueces, dependiendo el cargo. El acusado tiene derecho a un juicio público y abierto. Su abogado puede interrogar en forma cruzada a los testigos y puede llevar adelante el proceso. [7]. En 2009 una nueva legislación reintrodujo el sistema de jurados por medio de magistrados legos. Sin embargo, éstos sólo se permiten en ciertos delitos graves. El juez tiene un rol fundamental, puede llamar a testigos, requerir pruebas y también dicta la sentencia.

Período Posterior al Proceso

Tanto el acusado como el fiscal puede apelar la sentencia. Las apelaciones ante la Corte Suprema sólo puede ser sobre temas constitucionales. Si el acusado estuvo detenido durante el proceso y luego es declarado inocente, tiene derecho a una compensación económica. [8] El acusado que ya fue llevado a juicio no puede ser juzgado dos veces por el mismo delito. [9]


Ver Sistemas de Justicia Penal

DATOS INTERESANTES

  • 2009 población penitenciaria: 75,250.

Referencias

  1. Constitution of Japan, Art. 33
  2. Constitution of Japan, Art. 33 Defendants are entitled to notice of chargesand adequate counsel at time of arrest; "The accused or a suspect in custody may, without having an official present, have an interview with his or her defense counsel or any other person who is going to be his or her defense counsel upon request of the person who is entitled to appoint defense counsel ... and may deliver or receive any documents or any other articles to or from the defense counsel or said person." Código Procesal Penal 39(1)
  3. Código Procesal, Art. 198(2)
  4. Japan Criminal Procedure Code, Art. 203(1)
  5. Japan Criminal Procedure Code, Art. 205
  6. Constitution of Japan, Art. 36
  7. Constitution of Japan, Art. 37(2)
  8. Constitution of Japan, Art. 40
  9. Constitution of Japan, Art. 39
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