France/es

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FUENTES LEGALES

Introducción

Francia fue uno de los primeros países europeos en pasar de un feudalismo a una Estado-Nación. [1] Sin embargo, las monarquías actuaron de manera irresponsable, financieramente hablando, sumergiendo a la Nación en una revolución en la cual la igualdad y el republicanismo prevalecieron. No fue hasta 1958 que Francia formó la Quinta República, un sistema mixto entre presidencialista y parlamentario que finalmente equilibró los poderes estatales. Actualmente es uno de los países líderes de la Unión Europea y una figura económica importante a nivel mundial. La actual Francia se está enfrentando varios desafíos, como por ejemplo la inmigración ilegal o la alta tasa de desempleo. La religión se divide en un 83-88% católica y el idioma oficial es el francés. La mayoría de la población es nativa de Europa, pero existen comunidades tanto del norte africano como de indochina que están creciendo notoriamente. [2]

Tipo de Sistema

Francia tiene un sistema juridico en el cual encontramos un código procesal penal de 800 articulos que regulan el conjunto de su sistema penal. [3] Gracias a la fuerte codificación, casi no existe jurispruedencia. La interpretación y las decisiones que realizan los tribunales franceses de su constitución no son vinculantes. [4] Hay tres tipos de tribunales: los Tribunales con jurado y los Tribunales Correccionales para las cuestiones penales, Tribunales faltas para las faltas propiamente dichas. [5]

Garantías del Acusado

El Tribunal de Casación tiene competencia para revisar los casos de primera instancia según un grupo de garantías procesales que están basadas en la idea de “ Los Derechos Fundamentales del Acusado”. Estos derechos están en sintonía con los principios de justicia y equidad. A su vez, existen varias garantías derivadas de la Convención Europea para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, la cual es vinculante para los tribunales franceses. De hecho, la Convención Europea cada vez tiene mayor influencia en el derecho procesal francés. [6] [7]

Fase Previa al Proceso

El derecho francés no utiliza el mismo concepto de investigación que el sistema anglo-americano. En Francia existen cuatro tipos de recopilacion de evidencias y de arrestos asociados a cada uno. Estos tipos son: investigaciones de delitos flagrantes, las investigaciones preliminares, los controles de identidad, y las investigaciones formales realizadas por un tribunal. [8]. En el caso del control de identidad, una persona puede ser detenido por un máximo de 4 horas. En el caso de delitos flagrantes se puede estar detenido por 48 horas. [9]. En el momento de la detención, el sujeto debe ser notificado de los cargos en su contra en un idioma que pueda entender, la naturaleza del crimen investigado y el período de detención permitido. Éste es de 24 horas con una posible prórroga de 48 horas. [10] Otros derechos, los cuales deben serle informados, son: el derecho de informar de su detención a un familiar, cohabitante o empleador; el derecho a ser examinado por un médico (si la detención se extiende a 48 horas puede pedirlo por segunda vez) [11], y el derecho a hablar inmediatamente y en forma privada con un abogado por al menos 30 minutos. [12]. Tras el acusado es formalmente acusado de un crimen, la investigación se considera completa y no hay necesidad de un interrogatorio previo al juicio [13]. El abogado representante debe ser informado de la naturaleza y del momento en el cual el delito ha sido cometido y tiene derecho a presentar observaciones escritas al registro de detención. Sin embargo, no esta autorizado a presenciar el interrogatorio ni a tener acceso a los expedientes policiales al registro de detención.[14] A su vez, no es obligatorio que el acusado sea informado sobre su derecho a guardar silencio y aún si han solicitado un representante legal, pueden ser interrogados antes de que el mismo se presente. [15]. Añadir que, no existe ningún procedimiento formal en relación a los procesos de investigación.

Proceso Penal

No está especificado el tiempo que tiene que pasar hasta que el detenido sea llevado frente a un tribunal. [16]. En la mayoría de los casos, la detención por investigación sólo dura 48 horas, momento en el cual el sujeto es liberado, con o sin futura audiencia en el tribunal. Sin embargo, no existe ninguna limitación que diga que debe ser liberado despues de las 48 horas, por lo cual pueden quedar detenidos por un tiempo mayor. [17]. En el caso de una crimen, el tribunal que examina el caso está obligado a presentar cargos formales. [18]. A su vez, el fiscal tiene la capacidad y el derecho de rechazar invocando el derecho penal o acusar al sujeto de un delito mejor que el que las evidencias sugieren. [19] En este caso el sujeto igual tiene derecho a la asistencia legal[20]. tambien importante en la audiencia preliminar son los controles que realiza el juez(JDI) o cámara examinadora. [21] Si el JDI decide que el crimen entra dentro de una crimen grave, el caso es enviado al Tribunal con jurado. Las mociones previas al proceso pueden ser hechas durante la investigación judicial o al inicio del juicio. Éstas deben ser presentadas ante el JDI o la cámara examinadora, quien acepta la moción o la rechaza exponiendo los motivos que fundan la decisión. [22]. En relación a la prueba, el acusado puede ver el dossier policial completo en ciertos momentos procesales previos al juicio o justo antes de que éste empiece. [23]. Los juicios son orales por naturaleza. [24] [25] Los juicios con jurado sólo existen en en casos de crímenes graves. Los delitos son llevados por los Tribunales Correccionales, los cuales están compuesto por 1 o 3 jueces. Las Contravenciones se resuelven en los Tribunales Contravencionales que están integrados por 1 juez. Recientemente se están aceptando conceptos como la declaración de culpabilidad, la negociación de declaración de culpabilidad, o la sentencia benévola como consecuencia de la negociación de declaración de culpabilidad. [26] El Convenio Europeo de Derechos Humanos aumenta los derechos del acusado El art 6.1 asegura que el acusado tiene derecho a un juicio justo. [27] A su vez, el artículo 6.3.d dice: “Todo acusado tiene, como mínimo, los siguientes derechos: d) a interrogar o hacer interrogar a los testigos que declaren en su contra y a obtener la citación e interrogatorio de los testigos que declaren en su favor en las mismas condiciones que los testigos que lo hagan en su contra;” La interrogación cruzada está permitida pero no es usada. En el caso de peritos, éste es elegido al comienzo del juicio o durante el proceso previo. [28] El acusado tiene derecho a tener asistencia letrada en todos los casos, sin embargo, la mayoría de los juicios son conducidos por el juez y el abogado cumple un rol muy pequeño. [29] Un individuo que ha sido afectado por una ofensa criminal puede iniciar un proceso penal o unirse al ya existente. [30] En ambos casos puede demandar la restitución del daño causado. Los jueces son nombrados y casi la totalidad hizo sus estudios en la escuela nacional de magistratura. [31] Las sentencias tanto de los tribunales correccionales como de los contravencionales se apelan ante el Tribunal de Apelación, mientras que las decisiones del Tribunal Assize se apelan ante el Tribunal Assize de Apelaciones. [32]

Referencias

  1. www.state.gov/r/pa/ei/bgn
  2. www.state.gov/r/pa/ei/bgn
  3. Craig M. Bradley, Criminal Procedure A Worldwide Study 205 ( 2d ed., Carolina Academic Press 2007)
  4. Craig M. Bradley, Criminal Procedure A Worldwide Study 206 ( 2d ed., Carolina Academic Press 2007)
  5. Craig M. Bradley, Criminal Procedure A Worldwide Study 219 ( 2d ed., Carolina Academic Press 2007)
  6. 1978 Bull. Crim. No. 346
  7. Craig M. Bradley, Criminal Procedure A Worldwide Study 206 ( 2d ed., Carolina Academic Press 2007)
  8. Craig M. Bradley, Criminal Procedure A Worldwide Study 207 ( 2d ed., Carolina Academic Press 2007)
  9. Craig M. Bradley, Criminal Procedure A Worldwide Study 207 ( 2d ed., Carolina Academic Press 2007)
  10. CPP Arts. 63-1
  11. CPP Art. 63-3
  12. Craig M. Bradley, Criminal Procedure A Worldwide Study 207 ( 2d ed., Carolina Academic Press 2007)
  13. Craig M. Bradley, Criminal Procedure A Worldwide Study 207 ( 2d ed., Carolina Academic Press 2007)
  14. CPP Art. 63-4)
  15. Craig M. Bradley, Criminal Procedure A Worldwide Study 207 ( 2d ed., Carolina Academic Press 2007)
  16. CPP Arts. 126 to 133
  17. Craig M. Bradley, Criminal Procedure A Worldwide Study 207 ( 2d ed., Carolina Academic Press 2007)
  18. Craig M. Bradley, Criminal Procedure A Worldwide Study 207 ( 2d ed., Carolina Academic Press 2007)
  19. CPP Arts. 40, 40-1
  20. Craig M. Bradley, Criminal Procedure A Worldwide Study 207 ( 2d ed., Carolina Academic Press 2007)
  21. CPP Arts. 79, 181, 191 to 128
  22. Craig M. Bradley, Criminal Procedure A Worldwide Study 207 ( 2d ed., Carolina Academic Press 2007)
  23. Craig M. Bradley, Criminal Procedure A Worldwide Study 207 ( 2d ed., Carolina Academic Press 2007)
  24. CPP Arts. 306, 400, 427 (para. 2), 535, and 536
  25. Craig M. Bradley, Criminal Procedure A Worldwide Study 227 ( 2d ed., Carolina Academic Press 2007)
  26. Craig M. Bradley, Criminal Procedure A Worldwide Study 226 ( 2d ed., Carolina Academic Press 2007)
  27. Craig M. Bradley, Criminal Procedure A Worldwide Study 227 ( 2d ed., Carolina Academic Press 2007)
  28. Craig M. Bradley, Criminal Procedure A Worldwide Study 234 ( 2d ed., Carolina Academic Press 2007)
  29. Craig M. Bradley, Criminal Procedure A Worldwide Study 234 ( 2d ed., Carolina Academic Press 2007)
  30. (CPP Arts. 2 to 2-21), Art. 338-1 et seq.)
  31. Craig M. Bradley, Criminal Procedure A Worldwide Study 234 ( 2d ed., Carolina Academic Press 2007)
  32. Craig M. Bradley, Criminal Procedure A Worldwide Study 234 ( 2d ed., Carolina Academic Press 2007)

Ver Sistemas de Justicia Penal

DATOS INTERESANTES

  • La población penitenciaria total es de 59.655, con 96 presos cada 100.000 personas.
  • Aproximadamente el 27,7% de ese número consiste en detenidos en forma preventiva y el 1,1% son menores.
  • Actualmente existen 185 instituciones carcelarias con una capacidad oficial de 47.672 personas. Los niveles actuales de ocupación son de 118,1%