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* 2. Todo menor debe ser detenido en modo y lugar diverso a los adultos.<ref>ICCPR, Art. 10; CRC, Art. 40;International Convention on the Protection of All Migrant Workers and Membersof Their Families (CMW), Art. 18.</ref>
 
* 2. Todo menor debe ser detenido en modo y lugar diverso a los adultos.<ref>ICCPR, Art. 10; CRC, Art. 40;International Convention on the Protection of All Migrant Workers and Membersof Their Families (CMW), Art. 18.</ref>
 
* 3. Las leyes, proceso, autoridades e instituciones específicamente aplicables a los menores acusado penalmente deben establecer, en particular: el mínimo de el edad para que una persona sea imputable, formas de tratar a los menores sin afectar el proceso judicial, proveyendo que los derechos humanos y la seguridad legal sean respetados.<ref> CRC, Art. 40.</ref>
 
* 3. Las leyes, proceso, autoridades e instituciones específicamente aplicables a los menores acusado penalmente deben establecer, en particular: el mínimo de el edad para que una persona sea imputable, formas de tratar a los menores sin afectar el proceso judicial, proveyendo que los derechos humanos y la seguridad legal sean respetados.<ref> CRC, Art. 40.</ref>
* 4. Todo menor acusado penalmente tiene derecho a su privacidad, <ref> el derecho a la privacidad no implica que se deba excluir a los padres del proceso. para más detalles ver el "General Comment n 10: Children's Rights in Juvenile Justice" de la Comité sobre los derechos de los niños. Privacidad significa que ninguna información, que puede identificar al menor, puede ser revelada, y que el proceso penal debe ser privado.</ref> a ser respetado en forma íntegra durante todo el proceso. <ref> "Discriminación" incluye cualquier tipo de distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en la raza, color, sexo, orientación sexual, idioma, religión, opiniones políticas o de otro tipo, nacionalidad, posición económica, etnia, orígenes indígenas o sociales, propiedades, discapacidades, años u otro status, y que tiene como propósito impedir u obstruir el ejercicio de derechos que son reconocidos y disfrutados por todas las personas.La discriminación no significa especiales medidas o acciones positivas para disminuir o eliminar las condiciones que causan o ayudan a la discriminación. La discriminación por la edad no incluye a las medidas especiales que reconocen a los menores como partes vulnerables en un proceso penal.</ref>
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* 4. Todo menor acusado penalmente tiene derecho a su privacidad, <ref> el derecho a la privacidad no implica que se deba excluir a los padres del proceso. para más detalles ver el "General Comment n 10: Children's Rights in Juvenile Justice" de la Comité sobre los derechos de los niños. Privacidad significa que ninguna información, que puede identificar al menor, puede ser revelada, y que el proceso penal debe ser privado.</ref> a ser respetado en forma íntegra durante todo el proceso. <ref> "Discriminación" incluye cualquier tipo de distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en la raza, color, sexo, orientación sexual, idioma, religión, opiniones políticas o de otro tipo, genero sexual, nacionalidad, posición económica, etnia, orígenes indígenas o sociales, propiedades, discapacidades, años u otro status, y que tiene como propósito impedir u obstruir el ejercicio de derechos que son reconocidos y disfrutados por todas las personas.La discriminación no significa especiales medidas o acciones positivas para disminuir o eliminar las condiciones que causan o ayudan a la discriminación. La discriminación por la edad no incluye a las medidas especiales que reconocen a los menores como partes vulnerables en un proceso penal.</ref>
  
  
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Latest revision as of 14:19, 8 May 2012

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  • 1. El acceso efectivo a la justicia para las personas discapacitadas está considera como un como un derecho que busca facilitarles su participación (directa o indirectamente) en todos los procesos legales, inclusive al momento investigativo u otro proceso preliminar. [1]
  • 2. Todo menor debe ser detenido en modo y lugar diverso a los adultos.[2]
  • 3. Las leyes, proceso, autoridades e instituciones específicamente aplicables a los menores acusado penalmente deben establecer, en particular: el mínimo de el edad para que una persona sea imputable, formas de tratar a los menores sin afectar el proceso judicial, proveyendo que los derechos humanos y la seguridad legal sean respetados.[3]
  • 4. Todo menor acusado penalmente tiene derecho a su privacidad, [4] a ser respetado en forma íntegra durante todo el proceso. [5]



See valores fundamentales

Referencias

  1. CRPD, Art. 13.
  2. ICCPR, Art. 10; CRC, Art. 40;International Convention on the Protection of All Migrant Workers and Membersof Their Families (CMW), Art. 18.
  3. CRC, Art. 40.
  4. el derecho a la privacidad no implica que se deba excluir a los padres del proceso. para más detalles ver el "General Comment n 10: Children's Rights in Juvenile Justice" de la Comité sobre los derechos de los niños. Privacidad significa que ninguna información, que puede identificar al menor, puede ser revelada, y que el proceso penal debe ser privado.
  5. "Discriminación" incluye cualquier tipo de distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en la raza, color, sexo, orientación sexual, idioma, religión, opiniones políticas o de otro tipo, genero sexual, nacionalidad, posición económica, etnia, orígenes indígenas o sociales, propiedades, discapacidades, años u otro status, y que tiene como propósito impedir u obstruir el ejercicio de derechos que son reconocidos y disfrutados por todas las personas.La discriminación no significa especiales medidas o acciones positivas para disminuir o eliminar las condiciones que causan o ayudan a la discriminación. La discriminación por la edad no incluye a las medidas especiales que reconocen a los menores como partes vulnerables en un proceso penal.